Kerapodo · Cuidado de pies Group SRL
República Dominicana

Manual de Políticas Internas
y Reglamento Interno de Trabajo

Las reglas que ordenan cómo trabajamos, cómo cuidamos al paciente y qué se espera de cada colaborador. Aplica a todos, sin excepción.

Versión
2.0 — sustituye íntegramente la del 23/02/2026
Alcance
Todas las sucursales y todo el personal
Contenido
17 títulos · 91 artículos
→ Avanzar  ·  I Índice
Título IDisposiciones generalesArts. 1–6

Qué es este manual y a quién obliga

Define el marco: por qué existe, sobre quién aplica y con qué ley se sostiene.

Art. 1

Objeto

Regula conducta, disciplina, responsabilidades y funcionamiento para garantizar orden organizacional, eficiencia operativa, seguridad del paciente y protección del patrimonio de la Empresa.

Art. 2

Alcance

Aplica sin excepción a todo colaborador —cualquier cargo, jerarquía, contrato, sucursal o antigüedad— y, en lo pertinente, a pasantes, aprendices, contratistas y proveedores dentro de las instalaciones.

Art. 3

Marco legal

Código de Trabajo (16-92), Ley 172-13 de datos personales, Ley General de Salud 42-01 y normas del MSP y del Ministerio de Trabajo. Ante conflicto, prevalece siempre la norma legal.

Art. 4

Obligatoriedad

El cumplimiento es obligatorio y desconocerlo no exime de responsabilidad. Cada colaborador recibe copia al ingresar y firma su recepción, que queda en el expediente laboral.

Art. 5

Vigencia y modificaciones

Entra en vigor al notificarse y sustituye cualquier versión anterior. La Dirección puede modificarlo; continuar laborando tras la notificación equivale a aceptación. Se deposita ante el Ministerio de Trabajo.

Art. 6

Definiciones

  • Colaborador: contrato de trabajo, aprendizaje o pasantía.
  • Vías formales: sistema de gestión de personal, correo institucional y formularios autorizados.
  • Supervisor inmediato: responsable directo de tu sucursal o área.
  • Información confidencial: toda información clínica, comercial, financiera, técnica, de personal o de pacientes a la que accedas por tu trabajo.
Título IIJornada, asistencia y puntualidadArts. 7–13

Llegar a tiempo, registrar y avisar

La asistencia se mide por el sistema, no por acuerdos informales. Tu horario es el de tu contrato y el de la programación publicada; la Empresa puede ajustarlo por necesidades del servicio, avisando con la debida antelación y dentro de los límites de jornada del Código de Trabajo (Art. 7).

10 minTolerancia máxima de entrada. Es una concesión, no un derecho.
3Tardanzas en un mes calendario generan amonestación escrita.
48 hDe antelación para notificar y autorizar toda ausencia previsible.
2 hPara avisar al supervisor en caso de emergencia o enfermedad súbita.
Art. 8

Registro de asistencia

Es personal y obligatorio, y se hace ya uniformado. Ponchar por otro, dejar que otro ponche por ti o manipular el sistema es falta grave sancionable con despido.

Falta grave
Art. 10 · 11

Tardanzas y ausencias

Más de 30 minutos sin aviso puede tratarse como ausencia de esa fracción de jornada. El aviso al supervisor va dentro de las primeras 2 h del inicio de tu turno. El justificante médico se entrega dentro de las 48 h siguientes al reintegro: debe emitirlo un profesional o centro habilitado e indicar fecha de emisión, período de reposo y datos verificables del emisor. La Empresa puede verificar su autenticidad.

Art. 12 · 13

Puesto y horas extra

Salir del puesto o retirarse sin autorización, o faltar 2 días seguidos sin avisar, es falta grave. Ninguna hora extra se paga sin autorización escrita previa, y las permutas de turno requieren aprobación del supervisor.

Falta grave
Título IIIPermisos, vacaciones y licenciasArts. 14–17

Todo permiso se pide antes y por escrito

Una aprobación verbal no es una autorización válida.

15 díasAntelación mínima para solicitar vacaciones.
48 hAntelación mínima para un permiso personal.
5 díasHábiles para acreditar una licencia legal con su documento.
0Valor de una aprobación verbal. Solo cuenta lo registrado.
Art. 14

Gestión previa

Ninguna ausencia se considera justificada si no fue gestionada y autorizada por las vías formales. Un permiso tomado sin aprobación queda invalidado y se trata como ausencia, sin perjuicio del derecho legal a vacaciones.

Art. 15

Programación

La Empresa puede programar el disfrute según las necesidades del servicio, conciliando con tu preferencia y los plazos legales. No se autorizan vacaciones simultáneas que comprometan la operación de una sucursal.

Art. 16 · 17

Licencias y estudios

Se otorgan las licencias del Código de Trabajo —maternidad, paternidad, matrimonio y fallecimiento— acreditadas con acta. Los permisos por estudios, citas médicas o diligencias pueden ser con o sin disfrute de salario, según lo acordado al aprobarse.

Título IVPresentación personal e imagen corporativaArts. 18–22

El uniforme también es bioseguridad

Cómo te presentas comunica el estándar clínico del centro.

Art. 18

Administrativo y recepción

  • Camisa blanca o azul con logotipo.
  • Pantalón de tela azul oscuro.
  • Medias y zapatos negros sin accesorios.
Art. 19

Clínico y conserjería

  • Pijama médica completa en colores pasteles autorizados.
  • Gorro y bata con logotipo al atender pacientes.
  • Enfermeras: siempre bata médica blanca con logotipo.
  • Calzado cerrado o crocs negros con medias negras.
Art. 19

Higiene compatible con guantes

  • Uñas cortas y limpias, sin esmaltes llamativos ni uñas artificiales.
  • Cabello recogido o arreglado toda la jornada.
  • Barba y bigote recortados, sin interferir con la mascarilla.
Art. 20

Custodia del uniforme

Limpio, planchado y en buen estado. Es propiedad de la Empresa o se entrega bajo su costo, y se devuelve al terminar el contrato. Prohibido usarlo fuera del horario y del contexto laboral.

Art. 21

Accesorios

En áreas clínicas quedan prohibidos anillos, pulseras, relojes de muñeca y aretes colgantes. Higiene personal impecable y uso moderado de fragancias, por la sensibilidad de los pacientes.

Art. 22

Carnet

Visible durante toda la jornada. Su pérdida se reporta de inmediato y se devuelve al terminar la relación laboral.

Título VConducta y comportamientoArts. 23–30

Trato profesional, conflictos en privado

Delante del paciente no se discute nada interno.

Art. 23 · 24

Respeto y discreción

Trato cordial y profesional a pacientes, acompañantes, compañeros, superiores y proveedores, presencial y digital. Prohibido discutir temas laborales, salariales o disciplinarios frente a pacientes, o criticar a la Empresa, sus precios o su Dirección ante terceros.

Art. 25

Canalización de conflictos

Los conflictos se llevan por la vía jerárquica y de forma privada. La Empresa se compromete a atender los planteamientos formulados por esa vía en un plazo razonable.

Art. 26

Tolerancia cero

Acoso sexual o laboral, hostigamiento, intimidación, discriminación de cualquier tipo y violencia física o verbal son falta grave, sin importar el cargo de quien las cometa. La denuncia puede ir directo a Dirección General o al canal del Título XV.

Falta grave
Art. 27

Estado apto para el trabajo

Prohibido presentarse bajo efectos de alcohol o drogas, o consumirlas, portarlas o distribuirlas en las instalaciones. Si tomas medicamentos que afecten tu alerta o la seguridad del paciente, infórmalo a tu supervisor: se trata con estricta confidencialidad.

Falta grave
Art. 28

Visitas de familiares

Prohibida la visita o permanencia de familiares en horario laboral, incluidos menores bajo tu cuidado. Única excepción: que acudan como pacientes del centro. Las entregas personales se reciben en recepción.

Art. 29 · 30

Vínculos entre colaboradores

Toda relación sentimental, parentesco hasta segundo grado o sociedad comercial con otro colaborador se informa a la Dirección; omitirlo es falta moderada. Nadie participa en selección, nómina, supervisión o pagos de un familiar suyo. Si el vínculo genera conflicto —supervisión directa, manejo de caja o evaluación—, la Empresa puede reasignar sucursal o línea de reporte.

Falta moderada
Título VICelular, tecnología y sistemasArts. 31–37

Tu usuario eres tú. El WhatsApp es de la Empresa

Todo lo que se registra bajo tu credencial responde a tu nombre.

Art. 31 · 32

Celular

Prohibido durante la atención al paciente y en áreas clínicas. Se mantiene guardado y en silencio; solo se usa en áreas designadas o en los descansos. La Dirección puede autorizar excepciones puntuales por razones operativas o de emergencia familiar acreditada.

Art. 33

Grabaciones y fotos

Prohibido grabar, fotografiar, capturar pantalla o difundir información interna, instalaciones, procedimientos, documentos, pacientes o compañeros sin autorización escrita. Aplica durante y después de la relación laboral.

Art. 34

Credenciales

  • Personales, intransferibles y de uso solo laboral.
  • Prohibido compartir contraseñas u operar bajo el usuario de otro, aun con su permiso.
  • Prohibido instalar programas no autorizados.
  • Los accesos se revocan al terminar el contrato.
Art. 35

Canales digitales

Números, WhatsApp, correos y perfiles de pacientes son propiedad exclusiva de la Empresa, igual que contactos y conversaciones. Prohibido atender, agendar o cotizar desde cuentas personales, exportar bases de pacientes o crear perfiles con la marca.

Falta grave
Art. 36

Videovigilancia

Hay cámaras en áreas comunes, accesos, pasillos y caja, con fines de seguridad y verificación de protocolos. No hay cámaras en vestidores ni sanitarios. Las grabaciones pueden usarse como prueba en procedimientos disciplinarios y legales.

Art. 37

Inteligencia artificial

Prohibido usar herramientas de IA o servicios en la nube no autorizados para procesar datos de pacientes, información clínica, nóminas o información comercial, salvo autorización escrita de la Dirección. Protege la Ley 172-13.

Título VIIConfidencialidad y protección de datosArts. 38–42

El secreto profesional no vence

Sigue vigente después de que termines de trabajar aquí.

Art. 38

Información clínica

Todo historial, diagnóstico, fotografía o dato médico del paciente está amparado por el secreto profesional. Solo lo consulta personal autorizado y únicamente en la medida necesaria para prestar el servicio.

Art. 39

Sin consentimiento, no se comparte

Prohibido divulgar, fotografiar, publicar o transmitir datos, imágenes o historiales sin consentimiento informado firmado y autorización de la Empresa. Incluye grupos de mensajería, redes, portafolios personales y conversaciones privadas, aun sin nombre si el paciente resulta identificable.

Art. 40

Información comercial

También es confidencial: costos, márgenes, proveedores, condiciones comerciales, protocolos, contenidos formativos, resultados financieros, estrategias de expansión, salarios y expedientes. Prohibido comentar el salario propio o ajeno con fines de comparación o presión.

Art. 41

Vigencia post-laboral

La obligación de confidencialidad es indefinida y subsiste tras la terminación por cualquier causa. Al salir, devuelves o eliminas de forma verificable toda información confidencial en tu poder.

Art. 42

Incumplimiento

Violar la confidencialidad es falta grave y da lugar a despido por causa justificada, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que puedan derivarse.

Falta grave
Ley 172-13

Regla práctica

Si dudas de si algo puede compartirse, no lo compartas y consúltalo con tu supervisor. La duda se resuelve antes de enviar, no después.

Orientación
Título VIIIPropiedad intelectual y conocimiento institucionalArts. 43–45

Lo que se crea aquí, se queda aquí

El know-how de Kerapodo es un activo de la Empresa.

Art. 43

Titularidad

Todo protocolo clínico, manual, procedimiento, formato, plantilla, material formativo, contenido audiovisual, fotografía, diseño, desarrollo informático, base de datos o metodología creado o mejorado con ocasión del trabajo, con recursos de la Empresa o dentro de la jornada, es propiedad exclusiva de Kerapodo Group SRL.

Art. 44

Prohibición de reproducción

Prohibido reproducir, copiar, fotografiar, distribuir o comercializar fuera de la Empresa —durante o después de la relación laboral— manuales de técnica quiropodista, protocolos de atención, guías de bioseguridad, materiales de capacitación, plantillas clínicas y listas de precios.

Art. 45

Uso de tu imagen

Autorizas el uso de tu imagen, voz y nombre en comunicación institucional, redes corporativas y contenidos de marca, solo en el contexto de tu actividad profesional. Puedes revocarlo por escrito, sin efecto retroactivo sobre lo ya publicado.

Título IXEquipos, insumos, inventario y manejo de valoresArts. 46–51

No existe servicio autorizado sin registro

El dinero y los bienes se mueven solo por los canales oficiales.

Art. 46 · 47

Equipo asignado

Respondes por su uso, limpieza, resguardo y reporte de fallas; la asignación se documenta con acta firmada. Los daños por negligencia o mal uso generan sanción y, cuando proceda, responsabilidad civil conforme a la ley. La aparatología de alto costo solo la opera personal capacitado y autorizado.

Art. 48

Uso personal y retiro

Prohibido el uso personal de equipos, instrumental, insumos, productos o mobiliario, y retirarlos sin autorización escrita. Incluye realizar servicios a familiares, amigos o terceros fuera del registro formal del sistema.

Art. 49

Inventario y mermas

Todo consumo se registra según el procedimiento. Habrá inventarios periódicos y auditorías sorpresa; las diferencias no justificadas se investigan y, de haber sustracción o encubrimiento, se califican como falta grave.

Falta grave
Art. 50

Cobros y facturación

  • Todo servicio se registra y factura antes o al momento de ejecutarse.
  • Solo medios de pago oficiales: prohibido cobrar a cuentas personales o en efectivo no registrado.
  • Arqueo de caja al abrir y cerrar turno, reportando toda diferencia.
Art. 50

Descuentos y anulaciones

Descuentos, cortesías, promociones y precios especiales solo según política vigente y con autorización del nivel facultado; aplicarlos sin autorización es falta grave. Anular o modificar facturas requiere autorización y justificación registrada.

Falta grave
Art. 51

Propinas y obsequios

Prohibido solicitar propinas o condicionar la calidad del servicio a ellas. Prohibido aceptar obsequios, comisiones o beneficios de proveedores o laboratorios que comprometan la objetividad de compras o referimientos. Aceptar una propina ofrecida se rige por la política interna vigente.

Título XOrden, limpieza y bioseguridadArts. 52–59

El protocolo no es discrecional

Aquí el riesgo es directo sobre el paciente y sobre ti.

Art. 52 · 53

Estación y protocolos

Área limpia, ordenada, desinfectada y abastecida al abrir y al cerrar, según los checklists. El incumplimiento de un protocolo de bioseguridad se califica como falta grave por el riesgo que representa.

Falta grave
Art. 54

Esterilización y trazabilidad

  • Ciclo completo sin omitir ni abreviar etapas.
  • Registro de cada ciclo: fecha, responsable, indicadores y contenido de la carga.
  • Prohibido reutilizar material de un solo uso.
  • Prohibido usar instrumental con empaque abierto, húmedo, vencido o sin indicador validado.
  • Falsificar o completar un registro de esterilización después del hecho es falta grave.
Art. 55 · 56

EPP y residuos

Guantes, mascarilla y protección ocular son obligatorios en todo procedimiento que lo requiera; la Empresa los provee. Los punzocortantes van de inmediato al contenedor rígido, sin reencapuchar agujas ni sobrellenar. Prohibido mezclar residuos biológicos con comunes.

Art. 57

Exposición biológica

Todo pinchazo, corte o salpicadura se reporta de inmediato al supervisor, aunque parezca leve, para activar el protocolo post-exposición y el reporte ante la ARL. Callarlo te perjudica a ti y es falta moderada.

Falta moderada
Art. 58

Salud ocupacional

El personal clínico mantiene vigente el esquema de vacunación contra Hepatitis B y las demás que determine la Empresa, y presenta la constancia. Debes informar toda lesión cutánea abierta o enfermedad transmisible que afecte la seguridad del paciente.

Art. 59

Cultura de reporte no punitivo

Incidentes, eventos adversos, casi-accidentes, fallas de equipo y condiciones inseguras se reportan de inmediato. No se sanciona el reporte oportuno y de buena fe de un error; sí se sanciona su ocultamiento.

Se reporta, no se esconde
Título XICalidad clínica y atención al pacienteArts. 60–65

La historia clínica es un documento legal

Lo que no está documentado, no ocurrió.

Art. 60

Registro clínico

Todo servicio queda documentado antes del cierre de la jornada: motivo de consulta, hallazgos, procedimiento, materiales, indicaciones y próxima cita. No puede alterarse, borrarse ni completarse con información inexacta; las correcciones se hacen por los mecanismos del sistema, dejando trazabilidad.

Art. 61

Consentimiento informado

Ningún procedimiento que lo requiera inicia sin el consentimiento firmado por el paciente o su representante legal. Antes de la firma explicas el procedimiento, sus riesgos y sus alternativas en lenguaje comprensible.

Art. 62

Alcance de la práctica

Te limitas a los procedimientos para los que estás capacitado, autorizado y habilitado según tu cargo y titulación. Prohibido diagnosticar, prescribir medicamentos o actuar fuera de ese alcance. Si el caso te excede, se refiere al profesional correspondiente.

Art. 63

Acompañantes y menores

El ingreso de acompañantes al área clínica sigue la política vigente. Los pacientes menores de edad y las personas con discapacidad que requieran asistencia van acompañados por su padre, madre o tutor, quien firma el consentimiento.

Art. 64

Quejas y reclamaciones

Se escuchan con respeto, se documentan y se escalan al supervisor el mismo día. Prohibido confrontar al paciente, prometer compensaciones, descuentos o devoluciones no autorizadas, o gestionar el reclamo por canales personales.

Art. 65

Emergencias

Debes conocer la ubicación del botiquín, los extintores, las rutas de evacuación y el protocolo ante emergencias médicas. Ante una emergencia, la prioridad absoluta es la seguridad de las personas.

Título XIIJerarquía y estructura organizacionalArts. 66–70

Somos un modelo multisucursal

La rotación es parte del contrato, y viene con garantías definidas.

Art. 66 · 67

Línea jerárquica

Las instrucciones del supervisor inmediato dentro de su ámbito son de cumplimiento obligatorio; la desobediencia es falta grave. Las decisiones estratégicas, comerciales, de precios, contratación y organización corresponden exclusivamente a la Dirección General.

Falta grave
Art. 68

Rotación entre sucursales

La Empresa puede asignarte y trasladarte entre sucursales según las necesidades del servicio, conforme al Art. 41 del Código de Trabajo. No altera salario, beneficios ni ninguna condición esencial del contrato: tu prestación no queda vinculada a una sucursal determinada, salvo pacto expreso y escrito.

Art. 69

Garantías de la rotación

  • Traslado permanente: aviso mínimo de 5 días laborables, salvo emergencia operativa debidamente motivada.
  • Dentro de la misma zona metropolitana o área de operación.
  • Se mantienen salario, categoría, jornada, beneficios y antigüedad.
  • Si sube mucho el costo de transporte, se evalúa un apoyo.
Art. 69

Tu derecho a plantear

Puedes exponer por escrito, ante tu supervisor o la Dirección, cualquier circunstancia personal o familiar que dificulte la asignación. Se valora de buena fe, aunque la instrucción sigue vigente mientras se resuelve.

Art. 69

Negativa injustificada

Negarse a cumplir una asignación debidamente notificada y ajustada a los parámetros anteriores constituye desobediencia a la línea jerárquica y se trata conforme al Título XIV.

Falta grave
Art. 70

Suplencias

Puedes ser requerido para cubrir ausencias imprevistas, picos de demanda o aperturas y cierres en otra sucursal dentro de tu jornada, respetando los límites legales. Las suplencias de un día no requieren los 5 días de antelación, pero se avisan lo antes posible.

Título XIIIProtección de la marca y no competenciaArts. 71–78

La cartera de pacientes es de la Empresa

Proteger la marca y la clientela protege el empleo de todos.

Art. 71

Nombre y marca

Prohibido usar el nombre, logotipo, marca, dirección o identidad visual de Kerapodo para fines personales o comerciales sin autorización escrita de la Dirección General. Incluye perfiles personales, tarjetas, publicaciones, avales y referencias comerciales.

Art. 72 · 73

Captación y ventas personales

Prohibido captar, referir o desviar pacientes hacia servicios externos, u ofrecer el servicio fuera de las instalaciones o del registro formal: es falta grave y puede dar lugar a acciones civiles. Tampoco se venden productos o servicios personales dentro del centro ni a los pacientes.

Falta grave
Art. 74

Actividades externas

Debes informar por escrito a la Dirección toda actividad laboral, comercial, societaria o de consultoría en podología, estética, salud del pie o áreas afines, y todo vínculo con proveedores o competidores. La Empresa evalúa el conflicto y puede requerir su cese.

Art. 75

Redes sociales

  • Prohibido publicar contenido grabado dentro de las instalaciones sin autorización escrita.
  • Prohibido publicar imágenes de pacientes, procedimientos o resultados en cuentas personales.
  • Prohibido responder públicamente reseñas o críticas: eso lo gestiona el área designada.
Art. 76 · 77

No competencia y no captación

La no competencia aplica solo a técnicos quiropodistas y a quien recibió formación financiada por la Empresa: 6 meses tras la salida, en el ámbito donde la Empresa opera. Por 12 meses, tampoco se induce la salida de otros colaboradores ni se contacta sistemáticamente a la cartera de pacientes. No te impide ejercer tu profesión en general: se interpreta conforme a la libertad de trabajo constitucional y solo protege el know-how, la clientela y la inversión formativa.

Art. 78

Permanencia por capacitación

Cuando la Empresa financia una capacitación de costo relevante, puede firmarse un acuerdo de permanencia con reembolso proporcional si hay renuncia anticipada. Consta por escrito, con costo real, período y fórmula, y se firma antes de iniciar la formación.

Título XIVRégimen disciplinarioArt. 79

Cómo se clasifica una falta

Según su naturaleza, su reincidencia, el riesgo generado y el daño causado a la Empresa, al paciente o a terceros.

  • Tardanzas ocasionales dentro de los límites del Art. 10.
  • Uso indebido del celular fuera de áreas clínicas.
  • Incumplimientos menores en la presentación del uniforme o el carnet.
  • Desorden en la estación de trabajo.
  • Omisiones administrativas menores sin impacto operativo.
  • Reincidencia en faltas leves.
  • Negligencia en el cuidado del área, del equipo o del instrumental asignado.
  • Desobediencia parcial a instrucciones legítimas.
  • Ausencia o permiso no gestionado por las vías formales.
  • Omisión de registro clínico dentro del plazo establecido.
  • Uso del celular durante la atención al paciente.
  • Omisión del reporte de un incidente o accidente laboral.
  • No informar una relación o vínculo generador de conflicto de intereses.
  • Maltrato, negligencia o falta de respeto a pacientes o acompañantes.
  • Violación de la confidencialidad o de la protección de datos.
  • Robo, fraude, apropiación indebida o alteración de registros.
  • Captación o desvío de pacientes hacia servicios externos o propios.
  • Cobro por vías no oficiales o servicio sin registro en el sistema.
  • Abandono injustificado del puesto.
  • Desobediencia a la línea jerárquica.
  • Manipulación del control de asistencia o registro por cuenta de otro.
  • Incumplimiento de protocolos de bioseguridad o esterilización.
  • Uso inadecuado de aparatología u operación sin autorización.
  • Presentarse a laborar bajo efectos de alcohol o sustancias prohibidas.
  • Acoso, discriminación, violencia física o verbal.
  • Alteración grave del ambiente laboral o incitación a la indisciplina colectiva.
  • Presentación de documentos falsos o alterados.
  • Divulgación no autorizada de información institucional o propiedad intelectual.
Título XIVEscala de sancionesArts. 80–84

El régimen ordinario, nivel por nivel

Ante una falta grave, la Empresa puede aplicar directamente el nivel 5 sin agotar los previos.

Debido proceso (Art. 81–84). Antes de toda amonestación escrita o medida mayor se te da oportunidad de exponer tu versión por escrito. Negarse a firmar se hace constar ante testigo y no invalida la medida. Las amonestaciones cuentan para reincidencia durante 12 meses. Las faltas no se «reportan al Ministerio»: lo que se comunica es el despido justificado; las amonestaciones se depositan como constancia del expediente. La Empresa ejerce su facultad disciplinaria dentro de los plazos del Código de Trabajo, contados desde que conoce el hecho. Mientras dura una investigación puede adoptar medidas cautelares razonables —suspender accesos a sistemas o reasignar funciones— sin afectar tu salario (Art. 83).

Título XVCanal de denuncias y no represaliasArts. 85–87

Puedes reportar sin exponerte

Existe una vía formal, confidencial y anónima si hace falta.

Art. 85

Qué se puede reportar

Conductas contrarias a este Manual, a la ley o a la ética profesional: fraude, acoso, riesgos para el paciente y conflictos de intereses. Puede hacerse de forma anónima. Las denuncias se tratan con confidencialidad y las evalúa la Dirección General.

Art. 86

Protección frente a represalias

Queda prohibida toda represalia contra quien, de buena fe, reporte una irregularidad, participe en una investigación o se niegue a ejecutar una instrucción manifiestamente contraria a la ley o a la seguridad del paciente. La represalia es falta grave.

Falta grave
Art. 86 · 87

Los dos límites

Una denuncia deliberadamente falsa o malintencionada es igualmente falta grave. Y todo colaborador está obligado a colaborar de buena fe con las investigaciones internas y auditorías que realice la Empresa.

Falta grave
Título XVITerminación y entrega de activosArts. 88–90

Cómo se cierra bien una salida

Algunas obligaciones no terminan con el contrato.

Art. 88

Entrega de posición

Se entrega de forma completa y documentada: uniformes, carnet, llaves, instrumental, equipos, dispositivos, expedientes y todo bien de la Empresa. También se devuelve o elimina de forma verificable toda información confidencial, incluidos contactos de pacientes en dispositivos personales.

Art. 89

Cierre de accesos

La Empresa cierra de inmediato todos los accesos digitales. El colaborador realiza el traspaso ordenado de sus casos, agenda y pendientes a la persona que la Empresa designe.

Art. 90

Obligaciones que subsisten

  • Confidencialidad — Título VII, indefinida.
  • Propiedad intelectual — Título VIII.
  • No competencia — Art. 76, 6 meses.
  • No captación — Art. 77, 12 meses.
  • Permanencia por capacitación — Art. 78, cuando aplique.
Título XVIIAceptaciónArt. 91

Qué estás firmando

La firma cierra el proceso de orientación y entra al expediente laboral.

Art. 91

Declaración

Declaras haber recibido, leído y comprendido este Manual, haber tenido la oportunidad de formular preguntas sobre su contenido, y comprometerte a cumplirlo íntegramente, aceptando las consecuencias disciplinarias de su incumplimiento.

Art. 36

Videovigilancia

Declaras conocer y aceptar la existencia del sistema de videovigilancia en áreas comunes, accesos, pasillos y caja, y su posible uso como medio de prueba en procedimientos disciplinarios y legales.

Ley 172-13

Tratamiento de datos

Aceptas el tratamiento de tus datos personales por parte de la Empresa para fines laborales, administrativos y de cumplimiento legal, conforme a la Ley 172-13 de Protección de Datos Personales.

Nombre del colaborador
Cédula de identidad y electoral
Cargo
Sucursal
Fecha
Firma
CierreAnte una dudaArts. 6 · 25 · 85

Tres vías. Ninguna es informal

Si algo de este manual no te queda claro, o algo no está bien, hay por dónde.

Art. 6

Vías formales

Para solicitudes, notificaciones y reportes: el sistema de gestión de personal, el correo institucional y los formularios físicos autorizados. Lo que no pasa por ahí, no queda registrado.

Art. 25

Supervisor inmediato

Para dudas del día a día, conflictos y planteamientos: por la vía jerárquica y de forma privada. La Empresa se compromete a responder en un plazo razonable.

Art. 85

Canal de denuncias

Cuando la vía jerárquica no es apropiada: reporte directo a la Dirección General o al canal de denuncias, incluso de forma anónima y con protección frente a represalias.

KerapodoKerapodo · Manual de Políticas Internas v2.0 01 / 20

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